Tácito:
Callado, que no se expresa formalmente sino que se supone o sobreentiende.
Explícito:
Que expresa con claridad una cosa.
Menoscabo: Disminución
del valor, la importancia o el prestigio
Fedatario: Persona que
otorga la fe pública, como corredores, notarios, secretarios judiciales y
cónsules.
Disuadir: Inducir,
mover a uno a desistir de una idea o propósito de hacer algo
Intuitu personae: Intuitu
personæ es una
locución latina que significa ‘en atención a la persona’. Hace
referencia a aquellos actos o contratos que se celebran en especial consideración
de la persona con quien se obliga. El matrimonio, los contratos de trabajo, franquicia, mandato, depósito, comodato, sociedad
colectiva; la
constitución de usufructo, fideicomiso y de los derechos de uso y habitación se
encasillan en este concepto.
Ope legis.- De pleno Derecho, por
imperativo legal
Subsanable: réparable,
remédiable
Subrogar:
Subrogación es un negocio jurídico mediante el cual una persona sustituye a
otra en una obligación. Por lo tanto, la subrogación puede darse en cualquiera
de las dos posiciones de una obligación: posición deudora y acreedora.
Fiduciario: Fiduciario
o fiduciaria (persona), en inglés «Trustee», es aquella persona
física o moral encargada de un fideicomiso
y de la propiedad de los bienes que lo integran, a solicitud de un fideicomitente
y en beneficio de un tercero, sea este fideicomisario o beneficiario.
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